Carnet de manipulador de alimentos

Desde la  Ley 25/2009, de 22 de diciembre y el Real Decreto 109/2010, de 5 de febrero, se ha liberalizado el sistema de formación para la obtención del carné de manipulador de alimentos. Antiguamente la formación corría a cargo de las administraciones públicas, pero hoy en día ya no es así.


¿Cómo es el actual carnet de manipulador de alimentos?

El carnet ha sido sustituido por un certificado que emiten los organismos y empresas de formación, en el que acreditan que una persona ha recibido la formación adecuada.

COMO OBTENER EL CARNET O CERTIFICADO DE MANIPULADOR DE ALIMENTOS

 ¿Quién puede impartir el curso para obtener el carnet de manipulador de alimentos?

La formación de los manipuladores puede ser impartida por:

  • La propia empresa en la que trabaje el empleado
  • Empresas o entidades externas
  • Asociaciones, cámaras de comercio, escuelas o centros de formación reconocidos por organismos oficiales
  • Por cualquier otro medio, siempre que se asegure la consecución del objetivo

¿Se puede obtener el carnet haciendo un breve curso a través de internet?

Si, es posible.

Cuando por motivos de trabajo u otras razones no nos es posible desplazarnos a un centro presencial,  hay la posibilidad de hacer un curso online a través de internet.  Al final del curso se hacen unas sencillas pruebas de evaluación. La empresa de formación emite un certificado que se puede descargar online en el momento y que luego envía a domicilio y que tiene toda la validez legal.  El coste varía entre los 20 y los 70 euros.

modelo certificado manipulador de alimentos

Puedes ver un ejemplo de la metodología que se sigue en estos cursos online y el cuestionario final pulsando aquí: Manual de formación hostelería manipulación de alimentos (pdf). Un ejemplo del material gratuito de formación que sobre manipulación de alimentos ofrece en su web la Agencia de Sanidad y Consumo del Gobierno del Principado de Asturias (+info).

 

La regulación legal del carnet de manipulador de alimentos

Toda esta regulación del carnet de manipulador de alimentos está recogida en el documento de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (descargar en pdf).

¿Quien es un manipulador de alimentos?

La Ley define como manipulador de alimentos a “toda aquella persona que por su actividad laboral tiene   contacto directo con los alimentos durante su preparación, fabricación, transformación, elaboración, envasado,   almacenamiento, transporte, distribución, venta, suministro y servicio”.

Según la normativa vigente, el empresario se responsabilizará de que todo el personal empleado disponga de   la formación necesaria para la correcta manipulación de alimentos.  

¿Cuál es el plazo para renovar el carnet de manipulador de alimentos?

Si su carnet de manipulador de alimentos fue emitido con anterioridad a 2008 debe renovarlo, ya que la normativa que lo regulaba (RD 2505/83) indicaba de forma expresa la obligatoriedad de renovar cada 4 años.

En la actualidad, los Certificados emitidos conforme a la nueva normativa no especifican un periodo concreto de validez. Sin embargo, teniendo en cuenta la obligación de todas las empresas alimentarias de asegurar la correcta formación de sus trabajadores en lo relativo a la manipulación de alimentos y que ésta debe ser continuada y adecuada a la actividad laboral que se desempeña, se sigue recomendando renovar, como máximo, cada 4 – 5 años.

Los responsables de las empresas del sector alimentario deberán disponer de la documentación que demuestre los tipos de programas de formación impartidos a sus manipuladores, la periodicidad con que los realiza, en su caso, y la supervisión y vigilancia de las prácticas de manipulación, que habrán de acreditar, en las visitas de control oficial por parte de la administración.

Regulación legal

Real Decreto 109/2010, de 5 de febrero (pdf):

“Se deroga el Real Decreto 202/2000, de 11 de febrero, por el que se establecen las normas relativas a los manipuladores de alimentos, suprimiéndose por tanto dos de los elementos esenciales del mismo que entraban en conflicto con la Directiva de Servicios: la autorización administrativa previa por parte de las autoridades competentes (en  general,las comunidades autónomas) de las entidades formadoras de manipuladores de alimentos y los programas a impartir por dichas entidades.

Así, para garantizar los fines perseguidos por dichas autorizaciones, siguiendo lo establecido en el Reglamento (CE) n.º 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios, que en su anexo II, capítulo XII, que incluye, entre las obligaciones de los operadores de empresas alimentarias, la de garantizar «la supervisión y la instrucción o formación de los manipuladores de productos alimenticios en cuestiones de higiene alimentaria» se traslada la responsabilidad en materia de formación desde las administraciones competentes a los operadores de empresas alimentarias, que habrán de acreditar, en las visitas de control oficial, que los manipuladores de las empresas han sido debidamente formados en las labores encomendadas.”


 

Citapreviainem no es una web oficial, está realizada por colaboradores independientes. La información se publica con carácter meramente orientativo. Confírmela siempre en los Servicios Públicos de Empleo o con su asesor legal.

 

Comentarios y consultas publicadas en esta sección :  66

 

    • El procedimiento para obtener el carnet de manipulador ha cambiado recientemente y ya no lo gestionan las Comunidades Autónomas, como ocurría antes. Ahora el carné lo dan empresas privadas de formación y seguridad alimentaria, las propias empresas de hosteleria y alimentación, etc y algunas entidades públicas, como asociaciones, cámaras de comercio, sindicatos etc. Una de las opciones que más se utiliza, pero que no es la única, es la de obtener el carne haciendo un curso de formación a través de internet, con un exámen final. Es un procedimiento sencillo y cómodo. El precio, incluyendo el envío de certificado suele estar entre 20 a 40 euros, hay muchas opciones y tiene en la propia página varios anunciantes de garantía que ofrecen este servicio.
       
      El método de curso por internet puede parecer poco riguroso, pero yo recuerdo cómo me saqué el carnet de manipulador de alimentos hace unos años en la Comunidad de Madrid y el sistema no era distinto: una sala llena de personas sentadas, nos ponían un video con recomendaciones y buenas prácticas en la manipulación de alimentos y tras rellenar un pequeño cuestionario final te entregaban en carnet directamente. Ahora el curso que se da a través de internet me parece incluso más completo.
      Un saludo

  1. buenas que tal, mi consulta es que somos una asociacion de parados y nos gustaria dar cursos como el de manipulador de alimentos por ejemplo, mi pregunta es si podemos impartilo nosotros o necesitamos algun requisito especifico para que sea valido, gracias

    • Hola Antonio. Antes de la derogación que impuso el Real Decreto 109/2010, de 5 de febrero, correspondía a las Comunidades Autónomas acreditar a las empresas e instituciones que podían impartir los cursos. Muchos de las que actualmente lo están haciendo parten de esa autorización anterior. Sin embargo, el RD 109/2010 liberaliza de tal forma estas competencias que queda en manos de los operadores alimentarios ( empresas de alimentación, cátering, hostelería, etc) autoregular la formación de sus trabajadores, de forma que tienen libertad para hacerlo siempre y cuando puedan acreditar en todo momento la formación que ha recibido cada trabajador en materia de manipulación de alimentos.
       
      ¿Cual es entonces la situación actual? ¿Quién puede impartir un curso de formación?. Le copio la pregunta/respuesta que publica la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición:
       
      Pregunta

      ¿Quién es el Organismo competente en la formación de manipuladores de alimentos?
      Categoría: Industrias Alimentarias
      Respuesta
      El Real Decreto 202/2000 por el que se establecen las normas relativas a los manipuladores de alimentos, fue derogado por el Real Decreto 109/2010, de 5 de febrero, por el que se modifican diversos reales decretos en materia sanitaria para su adaptación a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
      Se ha publicado un “Documento de orientación sobre formación de manipuladores de alimentos”, que puede encontrar en la página web de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición, cuya enlace le facilito pulsando > aqui, en el que se han establecido criterios con el objetivo de facilitar a las empresas alimentarias orientaciones en el ámbito de los tres puntos establecidos en el Reglamento 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo de 29 de abril de 2004 relativo a la higiene de los productos alimenticios sobre la formación de manipuladores.

      No obstante, las CCAA, dentro del ámbito de sus competencias, pueden tener desarrollada normativa autonómica de aplicación en su ámbito territorial. De esta manera, para mayor información al respecto, deberá dirigirse a las autoridades competentes de la Comunidad Autónoma en la que se ubique su establecimiento.
      28.03.2012
      Fecha de Publicación

      28-03-2012

       
      Por ello les hago la recomendación que señala la propia Agencia: contacten con su Comunidad Autónoma para ver si ha desarrollado legislación propia en relación a la autorización para impartir los cursos. Un saludo.

  2. Desempleado que en agosto de este año acabo la prestación de desempleo, el año pasado curse por el Inforem Master de Comercio Exterior y este año estoy realizando Master por el Inforem de Fiscalidad. Tengo derecho al subsidio de 426€ ?

    • Los subsidios se conceden en función de las circunstancias personales: renta, responsabilidades familiares, edad y otros condicionantes. Debe informarse en la oficina de empleo, aunque antes le recomiendo que consulte esta > Guía de todos los subsidios. Un saludo.

  3. Buenos días. Necesito obtener cuanto antes el carnet de manipulador de alimentos, y he visto esta página, pero no me fío.

    http(OCULTO)

    Es segura?? Me pueden recomendar ustedes una que lo sea?? Muchas gracias.

    • Si, esa página que nos indicó es segura y también el resto que se anuncian en el artículo, pues son anunciantes habituales y realizan diariamente muchos cursos y certificados. Un saludo

  4. Hola,queria hacer el carnet de manipulador de alimentos me podria decir alguna pagina web en la que confiar,me han dicho esta pero no se si es segura_http://www.*******.es/. GRACIAS

    • Hola Rocio. Si, la página que nos indica es una de las que ofrecen la posibilidad de obtener el carnet de manipulador de alimentos online y a un precio razonable (20 euros aprox). No lo conozco personalmente, pero es un centro homologado y revisando la información de su página web, cumple todos los requisitos legales para impartir el curso. Un saludo

  5. Buenos dias, soy un chico de 23 años que esta interesado en sacarse el carnet de manipulador pero vengo de extremadura y tengo un problema no se como pedir cita previa tambien para poder entregar mi curriculum y mis titulos en el sexpe en santander porfavor ando muy perdido podrian informarme gracias y que pasen un buen dia

    • Hola Javier, buenos días. La cita previa de la que hablamos en esta página es para el Servicio Público de Empleo Estatal, el SEPE, que es lo que antes se llamaba INEM. Para la gestión que quieres hacer en las oficinas de empleo del SEXPE, el servicio de empleo autonomico de extremadura, ya no es necesario pedir cita previa. Antes había un teléfono 900 para pedir la cita, pero desde julio lo han anulado. Ahora hay que ir directamente a la oficina de empleo, sin cita. Un saludo.

  6. buenas tardes,estoy cobrando el subsidio de 426 euros es compatible esto con un contrato de 3 meses 5 horas semanales?

  7. Hola!
    Cobro el subsidio de la ayuda, el caso es que he trabajado un dia (8 horas) por ETT, ahora la empresa me ha dado de alta en la SS. Mi pregunta es ¿Pierdo los dias de ayuda hasta que vuelva a darme de alta en la INEM que será una semana más ó menos, ya que la cita previa no me la dan con menos de 6 dias.? ¿Puedo cobrar la ayuda a razón de 40 h. al haber trabajado 8 h?, yo cobro media ayuda por media jornada.Gracias!!

    • Hola Luisa. Cuando se trabaja a jornada completa, aunque sea un solo día, el subsidio se interrumpe y luego, cuando se termina el trabajo, se reactiva, de modo que vuelve usted a cobrar lo mismo que cobraba antes y con días de ayuda que le quedaban pendientes, pero eso si, hay que informar en la oficina de empleo de que uno empieza a trabajar. Aunque la cita previa se la hayan dado dentro de 6 días, le reconocerán la reactivación del subsidio a partir del dia siguiente a cuando terminó el contrato con la ETT, con el mismo importe que antes estaba recibiendo. Un saludo

    • Con la legislación vigente, si obtuvo su carnet en 2010 no es obligatorio renovarlo. Se recomienda a las empresas que controlen que sus trabajadores actualicen periódicamente sus conocimientos (cada cuatro o cinco años), pero es de forma voluntaria. Su carnet sigue siendo perfectamente válido. Un saludo

    • Hay varias opciones: sindicatos, cámaras de comercio, organizaciones profesionales, etc. También muchos de los lectores de nuestra web obtienen el carné de manipulador de alimentos a través de internet, con los cursos de empresas homologadas para dar esta formación online y que entregan el certificado al finalizar el curso. Pulsando en cualquiera de los anuncios que verá en la página podrá informarse con más detalle. Un saludo

 

 

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