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Soy beneficiaria de la ayuda familiar, mi situación antes de que el SEPE me diera de baja era la siguiente: Mi cónyuge con rentas de 1.800 euros, una hija de 4 años en común, un hijo de 22 años, quién no es mi hijo, de una relación anterior y yo. En enero decide marchar a casa de su madre, tenemos una sentencia judicial cuyo fallo obliga a mi cónyuge a aportar 500 euros mensuales a favor de sus dos hijos mayores de edad, de 21 y 22 años, como es mi obligación informar al SEPE, les llevé copia de la sentencia, porque según ellos vía telefónica se consideraba hijos a cargo. Pero me han dado de baja, porque la oficina del SEPE considera que no tengo derecho. Les agradecería me resuelvan esta duda. Gracias
Buenas tardes Adriana. La verdad es que no me queda claro porque la pensión aportada a hijos se debe de descontar de la renta de su cónyuge. Según lo que nos comenta si cobra 1.800 € al mes menos los 500 € de pensión, entre las 3 personas que viven en su casa cumpliría el requisito de carencia de rentas, pero si además de este importe cobra pagas extras también habría que prorratearlas mensualmente y puede que sobrepasen los 483 € por miembro de la unidad familiar. Compuebe estos importes. Un saludo.