La baja por maternidad en el paro

Embarazo mienras se cobra el paro¿Qué sucede cuando una mujer está en paro y en baja por maternidad? ¿quién paga, el INEM  o la Seguridad Social? ¿se consume la prestación por desempleo? Analizamos todas las situaciones posibles, con los trámites a seguir.

De entrada hay que distinguir tres situaciones posibles:

  1. Estoy en situación de maternidad y finaliza mi contrato de trabajo
  2. Estoy recibiendo una prestación contributiva de desempleo y en maternidad
  3. Estoy recibiendo un subsidio por desempleo y en situación de maternidad

 

UNO. Baja por maternidad y fin de contrato

 Estoy trabajando, me quedo embarazada y me dan la baja por maternidad. Mientras estoy de baja se termina el contrato


Al terminarse el contrato, se sigue cobrando la baja por maternidad, que la continúa pagando el Instituo Nacional de la Seguridad Social (INSS) hasta finalizar el plazo de las 16 semanas (los cuatro meses de maternidad) o tener el alta médica.  Esto es lo general, pero hay empresas que tienen acuerdos con las Mutuas, que son las que pagan en lugar del INSS.  Hay que preguntar en la empresa.

Cuando se termina el periodo de baja por maternidad, se abre el plazo de 15 días para solicitar las prestaciones por desempleo siempre que el trabajador tenga derecho a ellas por cumplir los requisitos de cotización, etc..

Por lo tanto, no se descuenta del tiempo de duración del paro los días en que la madre estuvo en baja por maternidad.

* Ejemplo: Lucía tiene un contrato temporal con “Turrones El Oso” hasta el 31 de enero. Antes de que termine su contrato se queda embarazada y estará de baja por maternidad del 1 de enero al 1 de mayo (16 semanas). El contrato con la empresa se le termina el 31 de enero, cuando llevaba 1 mes de baja cobrando del INSS o la Mutua. Lucía comunica su situación en la oficina de empleo.

Aunque ya no pertenece a  “Turrones El Oso”, su baja la continúa pagando el INSS o la Mutua hasta el 1 de mayo. En ese momento, Lucía deberá ir a la oficina de empleo y como tenía exactamente 360 días cotizados, solicitar la prestación por desempleo, que se la conceden durante 4 meses.  No le descontarán ninguno de los meses en que estuvo cobrando la baja por maternidad después de cesar en el trabajo.

 

m-dos Maternidad mientras se cobra la prestación contributiva

Estoy cobrando el paro (la prestación contributiva) y se produce la maternidad

Si estás cobrando el paro, te quedas embarazada y se produce la baja por maternidad, a partir de ese momento se suspende el pago del paro y la prestación por maternidad la abona la Seguridad Social,  el INSS.  Mientras dura la baja no se consume el paro.

Cuando termina la baja por maternidad hay que solicitar la reactivación de la prestación por desempleo. El plazo es de 15 días hábiles y se volverá a cobrar el paro por el mismo importe y duración que había cuando se suspendió.

 

m-tres Maternidad mientras se cobra un subsidio por desempleo

 Estoy cobrando una ayuda (subsidio por desempleo) y se produce la maternidad

 La baja por maternidad no afecta al cobro de los subsidios por desempleo, de modo que se seguirá cobrando la ayuda por el mismo importe y duración, como si no se hubiera producido baja. 

Eso si, hay que comunicar la baja  a la oficina de empleo, entregando el informe médico, para que suspendan la demanda de empleo. Mientras dure la baja por maternidad, siempre que se haya informado, no haya que acudir a cursos, sesiones de control, charlas o sellar el paro.

Cuando se termina el subsidio, aunque se siga de baja por maternidad, no hay derecho a la prestación de la Seguridad Social (INSS) .


PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE PARO Y EMBARAZO

  • Mientras estoy de baja por embarazo, ¿me paga el INEM (SEPE) o la Seguridad Social?

La competencia para el reconocimiento y pago de las prestaciones económicas en las situaciones de embarazo es del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

  • ¿Dónde me puedo informar sobre las prestaciones por maternidad de la Seguridad Social?

Para más información hay que acudir al los centros de información del INSS, o llamar al teléfono gratuito 900 16 65 65 y en el siguiente enlace de la Seguridad Social se da información muy completa: la prestación de maternidad

  • ¿Qué ayudas puedo tener después de tener al niño y cuando se me acabe la prestación por desempleo?

El subsidio de ayuda familiar, si cumples los requisitos de tener responsabilidades familiares y carencia de rentas. La ayuda es de 426 euros durante un periodo qu está entre 18 y hasta 30 meses, en función de la edad y las cotizaciones que hubo anteriormente.  Más información > la ayuda familiar

  • ¿Es lo mismo la baja por maternidad que la baja por una enfermedad común para el INEM?

No, tienen un tratamiento totalmente distinto.  Ya hemos visto que una baja por maternidad interrumpe el cobro de la prestación por desempleo y luego se recupera el paro pendiente sin perder ni un solo día.

Con las enfermedades comunes, Incapacidades Temporales (IT), el paro no se congela, sigue corriendo, porque quien paga es el Servicio Público de empleo, no la Seguridad Social, asi que no es lo mismo que una mujer embarazada esté de baja por maternidad que de baja por un dolor cervical, por ejemplo.

Sobre el resto de bajas médicas durante el paro ( distintas de la maternidad) consulte este artículo > Bajas médicas durante el paro.

Otra información relacionada de interés

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Comentarios y consultas publicadas en esta sección :  50

 

  1. Hola, estoy embarazada de 5 meses y de baja por IT el 19 de mayo se me acaba el contrato y mi pregunta es que me beneficia más o que diferencia hay entre seguir de baja o darme de alta y cobrar el paro k me corresponde 1 año ya que si estoy de baja por el INEM el paro sigue corriendo o no? Gracias

    • No, si está de baja y tiene contrato y se le termina el contrato y sigue de baja, usted continuará cobrando la baja de la Seguridad Social y esto no se descuenta de las prestaciones por desempleo que pudiera pedir luego. Está explicado con detalle en la opción “1″ de este artícuo > baja por maternida en el paro (+info). Un saludo

  2. BUENAS TARDES, ESTOY EMBARAZADA DE 7 MESES Y EN LA SEMANA QUE VIENE TERMINA MI CONTRATO, PERO TENGO INSUFICIENCIA DE COTIZACION PARA SOLICITAR EL PARO, SOLO TENGO COTIZADO 7 MESES, TENGO DERECHO A ALGUNA AYUDA? GRACIAS

  3. Buenos días, estoy cobrando la prestacion por desempleo ( 2 años)y estoy embarazada, pero cuando de a luz se me ha terminado la prestación 2 semanas antes, he leido que se puede pedir la baja por maternidad hasta 10 semanas antes de tu fecha de parto, y si se adelanta la baja por maternidad se cobraría la baja igual que si se solicita al dar a luz? muchas gracias, esque voy a andar un poco pillada.

    • Buenos días Laura.
      Si le queda menos tiempo de prestación, puede solicitar la baja por maternidad con un tiempo máximo de 4 semanas de antelación a la fecha prevista del parto.
      No obstante no dude en consultarlo en su Oficina de Empleo y en la administración del INSS que le corresponda según su domicilio.
      Un saludo.

  4. Hola esto en paro y embarazada, ¿cómo debería actuar para suspender el paro?. Muchas gracias

    • El cobro del paro no tendrá que suspenderlo hasta que se encuentre en la situación de baja médica, momento a partir del cual le pagará el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) . Cuando esté de baja tendrá que acudir a una oficina del INSS. Puede informarse de la más cercana a su domicilio y de los trámites en general en el teléfono de información de la Seguridad Social 901 16 65 65. Un saludo y que todo vaya muy bien.

  5. Estoy embarazada de cuatro meses y quiero exportar el paro para irme a un país de la Unión Europea. No sé como tengo actuar cuando tenga a mi hijo. ¿Tengo que avisar al SEPE? ¿Seguiré cobrando la exportación? ¿Cobraré por la SS, como si estuviera en España?
    Muchas gracias

    • Buenos días. Como información general, todo el procedimiento para la exportación del paro (requisitos, documentación, condiciones, etc), los hemos explicado en este artículo > exportación del paro. En su caso, ya sabe que si se produce la baja por maternidad, quedaría suspendido el pago del paro que le pagaría el SEPE (INEM) aunque estuviera en el extranjero, y la obligación de pago pasa entonces al Instituto Nacional de la Seguridad Social. Hicimos una consulta por escrito sobre su caso, pero aún no tenemos respuesta, por lo que la mejor opción es que llame usted directamente al teléfono de información del INSS 901 16 65 65 de 9 a 20 h de lunes a viernes y lo consulte. También lo puede consultar en la red de oficinas del INSS (ver > aquí en punto 2). Si le aclaran esta duda y tiene un momento, le estaríamos agradecidos si nos lo comenta, para que pueda ser de utilidad a otras personas. Un saludo.