Teléfono de información del SEPE (INEM)

El teléfono oficial de información del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE, antiguo INEM) es el  901 11 99 99


En anuncios en internet circulan números privados que comienzan por 905, 803, 118, que únicamente la harán pagar más por su llamada y al final le enviarán al número oficial. No los utilice.

¿Cuánto cuesta llamar a este 901?

No es un número gratuito. No llame desde un móvil. El coste de establecimiento de llamada para el usuario desde teléfono fijo es de  0,059 euros y por cada minuto de llamada: 0,042 €. Una llamada de 10 minutos, entre tiempo de espera y atención sale por unos 0,80 €.

DESDE UN TELEFONO MOVIL ES MUCHO MAS CARO. El coste dependerá de la tarifa que tenga contratada con su operador y una llamada de 10 minutos le puede salir por más de 10 €.

Hasta ahora también hay un número oficial de tarifa local, el  91 272 27 93 , (gracias a la web nomasnumeros900.com ). Si por ejemplo llama desde casa y tiene contratado con el ADSL las llamadas a fijos, ésta le saldrá gratis.  Este número también se puede utilizar desde el extranjero, pues el 901 no funciona fuera de España.

Teléfono de información del SEPE INEM 901119999Horarios de los teléfonos de atención telefónica del SEPE (INEM)

  • Para los trabajadores:  901 11 99 99, horario de 9:00 a 14:00 de lunes a viernes.
  • Para las empresas:    901 010 121, en horario de Lunes a Viernes de 9:00 a 14:00

¿Cómo funciona este servicio de información? ¿puedo hablar con una persona?

Cuando llame escuchará un mensaje grabado. Si llama en horario de 9 a 14 h de lunes a viernes y quiere hablar con un especialista del SEPE, seleccione la opción “2″.


Quejas sobre el precio de este teléfono de información 901.

Cada vez son más las quejas de ciudadanos y asociaciones de consumidores por el hecho de que este 901 sea un teléfono de pago, teniendo en cuenta que debido a la saturación del servicio es habitual estar en espera más de 5 minutos y  que el servicio no funciona durante toda la jornada laboral, sino sólo de horario de mañana.  La atención 24 horas se limita a un sistema de contestador automático para la localización de las oficinas de empleo y otra información general.

La Unión de Consumidores de España (UCE) ha pedido al SEPE que el número sea sustituido por un 900 gratuíto. Para esta organización, “resulta paradójico, si no una broma de mal gusto, que para solicitar cita previa o información, una persona sin trabajo tenga que pagar 0,04 euros el minuto desde una línea fija y hasta 0,26 euros desde un móvil“.

Puesto de información en oficina del Servicio Andaluz de EmpleoAdemás, se producen agravios comparativos desde el momento en que sólo algunas comunidades tienen  un número con tarifa local para poder solicitar cita previa. Y muy pocas tienen puestos de libre acceso a internet y teléfonos gratuítos en las oficinas de empleo.

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Comentarios y consultas publicadas en esta sección :  112

 

  1. Mi madre cobra el R.A.I. y yo tengo 26 años, ¿querria saber si yo empiezo a trabajar, a mi madre le influyo en el requisito siguiente?
    Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores en cómputo mensual al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
    A estos efectos aunque el solicitante carezca de rentas, en los términos anteriormente establecidos, si tiene cónyuge y/o hijos menores de 26 años, o mayores incapacitados, o menores acogidos, únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad familiar así constituida, incluido el solicitante, dividido por el número de miembros que la componen no supere el 75% del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. Se computará como renta el importe de los salarios sociales, rentas mínimas de inserción o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las Comunidades Autónomas. Se considerarán rentas las recogidas en el artículo 215.3.2 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
    Gracias

    • Se entiende que forman parte de la unidad familiar de su madre el cónyuge y los hijos menores de 26 años. Si usted tiene 26 años, por edad, ya no se le considera parte de la unidad familiar, por lo que sus ingresos no se utilizarán para determinar el límite de rentas de su madre. Un saludo

  2. Hola, estoy cobrando el paro desde hace 5 meses y me han ofrecido un contrato parcial por tres meses que puedo compaginar con mi prestacion y tengo dos dudas: hay un minimo o maximo de horas de contrato?? Y hay un maximo bruto de dinero que puedo cobrar sin perder mi prestacion???
    Muchas gracias.

    • Buenos días José Luís. Si compagina el contrato a tiempo parcial con el cobro de la prestación, esta se reducirá en proporción de las horas que trabaje, es decir, si trabaja 3 horas, cobrará la parte proporcional de 5 horas haciendo una regla de tres con el importe que está cobrando actualmente. No existe un máximo fijado, pero si el salario bruto que va a percibir es alto también puede suspender 100% la prestación para seguir cobrándola una vez finalizado el contrato. En este artículo tiene más información> cobrar el paro y trabajar a tiempo parcial. Un saludo.

  3. Hola!! voy a pedir el pago único para poner una empresa y me gustaría saber si las facturas oficiales las tengo que presentar cuando me den el dinero o antes?? muchas gracias!!

  4. hola ¡¡buenas tardes.mi problema es el siguiente:estoy cobrando la prestacion por desempleo,pero es muy poco y me propusieron tranajar unos dias salteados 8 ó 9 al mes descargando pescado.podria parar la prestacion esos dias q trabajo y luego seguir cobrandola?como tendria que hacer?
    muchas gracias
    1 abrazo

    • Buenos días Pablo.
      Si, por supuesto, usted puede detener el cobro de la prestación por desempleo mientras dure su trabajo y una vez finalizado reanudarlo, recuerde que tiene que informar a la Oficina de Empleo de que va a empezar a trabajar http://www.citapreviainem.es/paro-empiezo-a-trabajar/, y cuando finalice su trabajo, tiene 15 días hábiles para reanudar su prestación suspendida.
      Un saludo.