www.citaempleo.es el portal del Servicio Andaluz de Empleo para solicitar cita previa
En Andalucía cada vez son más las oficinas de empleo que tienen establecido el sistema de cita previa obligatoria.
La cita previa se puede pedir de dos maneras:
Cita previa telefónica, en el 902 10 05 06 o también al 955 62 56 95 (llamada con tarifa local) .
Cita previa por internet, entrando en este enlace de la Oficina Virtual de Empleo de la Junta de Andalucía : www.citaempleo.es
Ahora le explicamos paso a paso cómo pedir su cita por INTERNET
1) Haga clic sobre este enlace www.citaempleo.es . Se abrirá una nueva ventana como la que puede ver a la derecha.
2) En la parte de abajo, haga clic donde dice “cita previa” (lo señalamos con la flecha roja)
3) Aparecerá una nueva pantalla en la que tiene que introducir su DNI, fecha de nacimiento y hacer clic sobre el botón “enviar”
El sistema comprueba el DNI, el domicilio que tiene asociado y si la oficina que corresponde ya tiene funcionando el sistema de cita previa.
4) En las siguientes dos pantallas seleccione el tipo de gestión para la cual va a solicitar su cita previa:
Opción 1: Si necesita:
- Inscribirse como demandante de empleo
- Solicitar información, modificar y/o actualizar su demanda de empleo
- Solicitar información sobre búsqueda de empleo, cursos de formación, etc.
- Informarse de ofertas de empleo
Opción 2: si necesita
- Solicitar una prestacion, subsidio o ayuda y NO es demandante de empleo.
- Solicite una cita para el Servicio Andaluz de Empleo y el Servicio Público de Empleo Estatal – SAE y SPEE
Opción 3: si necesita
- Pedir información y/o solicitar prestaciones, subsidios o ayudas
- Tramitar el pago único, partes de baja,…
- Emisión de certificados
Tras confirmar sus datos personales, el sistema le asignará cita y hora de cita previa. El dia de la cita previa su nombre aparecerá en la pantalla de la oficina de empleo.
Recuerde que si por cualquier motivo no puede solicitar cita por internet, también podrá hacerlo a través del teléfono:
Para las siguientes gestiones NO es necesario solicitar cita previa. Se puede acudir directamente a la oficina de empleo del SAE:
- Renovación de la demanda de empleo.
- Solicitud del certificado digital.
- Inscripción en ofertas en difusión.
- Recepción de la carta de presentación o entrega tras entrevista con empresa.
- Si representa a una empresa, puede acudir sin cita.
En citaempleo.es hay una lista actualizada de las oficinas andaluzas en las que ya está disponible este sistema de cita previa.







Me he quede parada el dia 12/04/13, el mismo dia por la tarde pedi cita para hechar el paro la cual me dieron para el dia 26/04/13. Mi consulta es, si el dia 26 entrego todos los papeles necesarios para hechar el paro, ¿empezare a cobrar el paro el dia 10/05/13 o ya tendria que esperar al 10/06/13?
Un saludo, Isabel.
Buenos días Isabel.
Podría pasar las 2 cosas, que le paguen el 10 de Mayo los días correspondientes a Abril, o que el día 10 de Junio le pague los días correspondientes al mes de Abril, junto con el mes de Mayo.
Un saludo.
Buenos dias.Gracias por contestar a mi consulta,solicite el desempleo despues de haber trabajado 368 dias,el ultimo contrato era a tiempo parcial de 8 dias y me aprobaron el desempleo con una parcialidad, aunque los otros contratos eran a tiempo completo. Tengo tres hijos menores a mi cargo. Mi pregunta es,si el desempleo lo solicite en Marzo de 2012 , antes de que se reformara la ley en julio de 2012,me corresponderia cobrarlo a tiempo completo y si lo puedo reclamar.Un saludo
Hola buenos días. Para calcular la prestación por desempleo (el paro contributivo) se hace una media de las bases de cotización de los últimos 180 días cotizados. De ahí es de donde tiene que salir la base que le aprobaron.
%nbsp;La parcialidad del último contrato afecta directamente a los subsidios (no a la prestación) tras la reforma de julio de 2012. En la forma de calcular la prestación, que no cambió, la parcialidad del último contrato tan solo repercute a la hora de determinar la base, ya que para sacar la media de cotización de 180 días, si un contrato ha sido a tiempo parcial sus bases de cotización lógicamente serán inferiores a las de uno a jornada completa, pero nada más. Consulte este artículo, donde encontrará un enlace el simulador de prestaciones del SEPE y compruebe si el cálculo está o no bien hecho > Cómo se calcula la prestación por desempleo. Un saludo